Subsidio Directo Habitacional

17.09.2010 21:34

 Es una ayuda directa del Estado de carácter no reembolsable, destinado a apoyar a los usuarios del Sistema. Será otorgado por una sola vez.

El documento de compraventa deberá contener el monto del subsidio recibido.

Reintegro del Subsidio Directo Habitacional:
Los beneficiarios del subsidio directo habitacional podrán enajenar la vivienda para la cual lo hubieren recibido. No obstante si se produce la venta dentro de los 5 años contados a partir de la fecha de otorgamiento del subsidio, deberá ser reintegrado a su valor actualizado al momento de la enajenación.

Calificarán para el subsidio directo habitacional aquellas personas cuyos ingresos no superen 2.600 Bs. al mes.

Para ver el monto del subsidio de acuerdo al ingreso, descargue el siguiente archivo: Subsidio Directo Habitacional.pdf (43,5 kB)

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