Nueva Tabla del Subsidio Habitacional

20.07.2011 23:24

Nueva Tabla del Subsidio Directo Habitacional según Gaceta Oficial Nº 39716 del 19-07-2011

Recientemente fue publicada la Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat en Gaceta Oficial Nº 39.716 de fecha 19 de julio de 2011, en la que se plantea que el monto máximo del subsidio directo habitacional será aplicable a aquellas viviendas cuyo costo no superen Bs. 270.000 y se otorgará a quienes no hayan recibido anteriormente este beneficio, tomando en cuenta el salario mínimo.
La Resolución regula el otorgamiento de financiamiento para la adquisición de vivienda principal con los recursos propios de los bancos y los provenientes de los Fondos establecidos en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
Aspectos resaltantes de la nueva normativa legal:
Las cuotas mensuales destinadas al pago de la hipoteca no superarán el 35% del ingreso familiar mensual (antes el 30%).
El plazo máximo para amortizar el préstamo hipotecario será de 25 años (antes 30 años).
El monto máximo del subsidio se aplicará sobre la adquisición de vivienda cuyo costo no supere Bs. 270.000 según la tabla siguiente:

Ingreso Familiar en Salarios Mínimos

Subsidio en %

Menos de 1

100% temporal

1

80

1,1

77.42

1,2

74.84

1,3

72.26

1,4

69.68

1,5

67.10

1,6

64.52

1,7

61.94

1,8

59.35

1,9

56.77

2

54.19

2,1

51.61

2,2

49.03

2,3

46.45

2,4

43.87

2,5

41.29

2,6

38.71

2,7

36.13

2,8

33.55

2,9

30.97

3

28.39

3,1

25.81

3,2

23.23

3,3

20.65

3,4

18.06

3,5

15.48

3,6

12.90

3,7

10.32

3,8

7.74

3,9

5.16

4

2.58

Más de 4

0.00

El préstamo será del 100% del valor del inmueble según avalúo y de acuerdo con el ingreso familiar.
Se estable una cuota inicial de acuerdo a la siguiente tabla:

Ingreso Familiar Salarios Mínimos

Cuota Inicial

Menos de 2 SM

0%

Entre 2 y 3 SM

2%

Entre 3 y 4 SM

5%

Entre 4 y 5 SM

10%

Más de 6 SM

20%

Estos parámetros no serán aplicados a los préstamos hipotecarios aprobados con anterioridad a la entrada en vigencia de esta Resolución.
Las tasas de interés se establecerán anualmente en función del ingreso familiar mensual.
 

Ver Gaceta Oficial Nº 39716 del 19-07-2011

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