Requisitos solicitud de crédito para la adquisición de vivienda principal

30.09.2011 22:01

 

Requisitos hipotecaA continuación encontrarás los requisitos para solicitar tramitar la hipoteca con recursos de la política habitacional, de acuerdo a la norma publicada en la Gaceta Oficial Nº 39763 del 22 de septiembre de 2011.

Personales del Solicitante y Cosolicitantes:

  • Ser venezolano, mayor de edad. En caso de extranjeros, tener residencia legal.
  • Declarar el ingreso total mensual.
  • Ser cotizante activo y solvente de los respectivos fondos y tener doce meses de cotizaciones continuas o no.
  • El ingreso en el caso de trabajadores dependientes será salario integral, pudiendo incluir cualquier otro ingreso adicional demostrable que no sea ocasional y que no corresponda  a cesta ticket o tarjeta electrónica de alimentación. El salario debe ser equivalente al declarado por el solicitante y cosolicitantes como base de cálculo de los aportes al FAOV. Los ingresos adicionales que demuestren deberán cumplir con una regularidad mínima de 12 meses consecutivos al momento de solicitar el crédito.
  • En el caso de ingresos por cuenta propia o sean accionistas, el ingreso total mensual demostrable será  el ingreso que de forma económicamente equivalente a la regularidad de un salario integral mensual, resulten demostrables a través de Certificación de Ingresos y Balance Personal firmado por un contador público colegiado, equivalentes al declarado como base de cálculo de los aportes al FAVV.
  • En el caso de que los empleadores no se encuentren al día con los aportes, los solicitantes deberán incorporar a la solicitud de crédito copia de la denuncia interpuesta ante el BANAVIH.
  • No ser propietario ni copropietario de vivienda principal. Excepción:
    • Quienes hayan firmado opción de compra-venta de su vivienda principal con la intención de adquirir una nueva.
    • Quienes posean derechos sobre una vivienda como consecuencia de liquidación de la comunidad conyugal o concubinaria, por separación de bienes en caso de divorcio o posean derechos sucesorales o derechos como cosolicitantes de créditos, siempre y cuando el aspirante al crédito para la adquisición del referido inmueble como vivienda principal, manifieste que la habitará con su familia.  En el caso de excónyuge o exconcubino , éste podrá acceder a un nuevo crédito siempre que demuestre que no mantiene derechos de la vivienda anterior, como consecuencia de  la liquidación de la comunidad conyugal o concubinaria.
    • En los casos de que hayan efectuado la cesión del crédito podrán acceder a un nuevo crédito para la adquisición de vivienda principal, de conformidad con lo establecido en la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda.
    • En el caso de que sean víctimas de catástrofes naturales, calamidades públicas u otros similares que conlleve la pérdida de la vivienda, debidamente comprobado mediante certificación emitida por autoridad competente.

requisitos hipotecaRequisitos del Expediente de Crédito:

  • Planilla de Solicitud de Crédito y Subsidio Directo Habitacional (Si aplica), debidamente llenadas y firmadas.
  • Cédula de Identidad legible y vigente.
  • En el caso de que el estado civil indicado en la cédula sea distinto al declarado deberá presentar documento legal que lo justifique.
  • Acta de matrimonio o constancia de concubinato.
  • Registro de Información Fiscal (RIF).
  • Declaración Jurada Simple, firmada y estampada en ella sus huellas dactilares, en la que expresen que no son propietarios ni copropietarios de vivienda principal  y que habitarán la vivienda principal que se disponen a adquirir.
  • Consignar fotocopia de la opción de compra-venta si tienen una vivienda principal así como declaración judicial de liquidación de comunidad conyugal o concubinaria, declaración judicial de separación de bienes o declaración sucesoral, según sea el caso.
  • Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Vivienda, en el caso de que opten por una vivienda nueva perteneciente a los desarrollos habitacionales construidos en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
  • Constancia de apertura de cuenta bancaria.

Requisitos Económicos:

 

Trabajador Dependiente:

  • Original de Constancia de Trabajo. Con fecha de emisión no mayor a 3 meses. Indicar: nombre, apellido, cargo, antigüedad, salario integral, dirección y teléfono del trabajador y número de RIF y sello húmedo de la empresa.
  • Balance Personal.
  • Recibos de pagos de nómina y estados de cuentas bancarios de los últimos 3 meses.
  • Declaración de ISLR del último ejercicio fiscal, si aplica.

Trabajador Independiente:

  • Declaración jurada de ingresos con sus respectivos  soportes.
  • Balance Personal.
  • Declaración de ISLR del último ejercicio fiscal, si aplica.
  • Constancia de estar inscrito en FAVV y de estar activo y solvente en sus aportes.

Empresa Propia:

  • RIF de la empresa.
  • Documento constitutivo de la empresa, sus modificaciones y Acta de Asamblea de designación de la Junta Directiva vigente.
  • Referencias bancarias de la empresa.
  • Balance General  Estado de Resultados de los 2  últimos años de la empresa , firmado por contador público colegiado.
  • Balance Personal.
  • Declaración de ISLR del último ejercicio fiscal de la empresa y del solicitante y cosolicitantes.
  • Estados de Cuentas Bancaria de la empresa y solicitante y cosolicitantes, de los últimos 3 meses.
  • Constancia personal como de la empresa de estar inscrito en FAOV y que se encuentra activo y solvente en sus aportes.

Requisitos del Inmueble:

  • Copia simple del documento de propiedad del inmueble debidamente protocolizado. Si pertenece a una sucesión, presentar la declaración sucesoral.
  • Copia del documento de condominio o parcelamiento, según sea el caso, debidamente registrado en el que se aprecien los sellos y notas del mismo.
  • Copia simple del documento de opción de compra-venta a vista del original, vigente por un mínimo de 90 días  prorrogable por 30 días. Éste deberá ser consignado ante el banco dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de su firma o autenticación  con todos los recaudos de la solicitud del crédito.
  • En el caso de que el documento de opción a compra-venta corresponda a una pre-venta de un inmueble, la regulación aplicable será la que establezca el Ministerio con competencia en materia de vivienda y hábitat.
  • En el caso que la opción a compra-venta corresponda a un inmueble ya construido, el contrato debe establecer un precio de venta fijo.
  • Certificación de gravámenes sobre el inmueble que comprenda un período no inferior a los 10 últimos años, con fecha de emisión no mayor a 30 días continuos a la fecha de presentación de los documentos. En el caso de que el inmueble esté hipotecado, deberá constar la liberación de la hipoteca en el documento de venta a protocolizar.
  • Permiso de habitabilidad de viviendas nuevas.
  • Avalúo del inmueble con fecha de emisión no mayor de 90 días, realizado por un perito valuador registrado en l Superintendencia de las Instituciones Del Sector Bancario que pertenezca al operador financiero, el costo del avalúo será imputable a los gastos administrativos.
  • Solvencia municipal del impuesto de inmuebles urbanos vigente.
  • Ficha catastral.

Requisitos del Vendedor:

  • Si son personas naturales, deben consignar lo siguiente:
    • Cédula de identidad legible y vigente.
    • RIF vigente.
    • Si el estado civil indicado en la cédula sea distinto al declarado, deberá presentar copia y original del documento legal que lo justifique al  momento de presentar la solicitud.
  • Si son personas jurídicas:
    • RIF de la empresa y de los representantes legales (legibles y vigentes).
    • Acta constitutiva y Estatutos Sociales con todas sus modificaciones.
    • Acta de Asamblea de designación de junta directiva vigente.
    • Cédula de identidad de los representantes, vigentes.

Quedan exceptuadas de la aplicación de la presente Resolución, las solicitudes de otorgamiento de créditos para la adquisición de vivienda principal en curso o aprobadas antes de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución.

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